Ayudas INFO a las empresas de la Región de Murcia dedicadas a la explotación de estaciones de servicio o centros de distribución de combustible.
Plazo de presentación de solicitudes: la solicitud de subvención se podrá presentar telemáticamente, desde las 9 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM hasta las 24 horas del día 30 de diciembre de 2022.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA PREVISTA DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA.
ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 23:59 HORAS DE 30 DE DICIEMBRE DE 2022
Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.
En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.
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Nombre Programa | PROGRAMA DE APOYO A LAS EMPRESAS DE LA REGIÓN DE MURCIA DEDICADAS A LA EXPLOTACIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIO O CENTROS DE DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLE | |
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Convocatoria | Publicada en BORM nº278 de 01 de diciembre de 2022 | |
Objeto y Beneficiarios | El objetivo es que las empresas puedan dotarse de liquidez sin tener que asumir costes financieros adicionales en el incremento de sus necesidades de circulante originado por la mayor venta de combustible y la necesidad de anticipar la bonificación en el precio del combustible prevista en el RD-L 6/2022. Los beneficiarios son las empresas, con independencia de su tamaño, dedicadas a la explotación de estaciones de servicio o centros de distribución de combustible de la Región, que cuenten con un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Murcia, siempre que hayan solicitado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria el anticipo a cuenta de la bonificación extraordinaria y temporal en el precio de determinados productos energéticos antes del 15 de abril de 2022 y hayan formalizado una operación de aval con las condiciones descritas en el Anexo 1 y acrediten que su actividad esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes:
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Ayuda | La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de 12.000 euros con cargo a cada convocatoria calculado del siguiente modo:
Plazo de elegibilidad de las operaciones formalizadas: del 15/04/2022 al 30/11/2022 |
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Socilitar más información | Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es |
Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h
en el teléfono 900 700 706.
También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.
Para otras consultas llama al 968 362800.
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