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Ayudas INFO a la internacionalización de las empresas 2025

Programa que tiene como finalidad apoyar a las empresas de la Región de Murcia para la realización de proyectos el ámbito de la internacionalización empresarial, a través de acciones dirigidas a mejorar su posicionamiento en mercados exteriores y facilitar el acceso a los mercados internacionales de sus productos y servicios, así como el aseguramiento de sus cadenas de suministro globales, a través de importaciones estratégicas, mediante el apoyo a las acciones incluidas en sus planes de internacionalización, destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto.

Plazo de presentación de solicitudes: La solicitud de ayuda se podrá presentar telemáticamente, desde las 9 horas del día siguiente de la publicación de la convocatoria y hasta el 31 de diciembre de 2025.

Bases Reguladoras: Orden de 22 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Modificación Bases Reguladoras: Orden de 23 de abril de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

SUBVENCIONES CON ARREGLO AL RÉGIMEN DE CONCESIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 22 DE LA LEY 7/2005 DE 18 DE NOVIEMBRE DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

ESTA CONVOCATORIA PERMANECERÁ ABIERTA DESDE LAS 09:00 HORAS DE 02 DE JULIO DE 2025 HASTA LAS 23:59 HORAS DE 31 DE DICIEMBRE DE 2025

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE AYUDAS A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS
Convocatoria Publicada en BORM nº149 de 01 de julio de 2025
Objeto y Beneficiarios

Convocatoria plurianual de ayudas previstas en la Orden de 22 de diciembre de 2023 de la Consejería modificada por la Orden de 23 de abril de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa.

Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases las PYMES, autónomos y personas jurídicas, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Sólo podrán solicitar estas ayudas aquellas empresas cuyo volumen de exportación, entendiendo por tales las entregas extracomunitarias, en el año anterior a la convocatoria no rebase el 50% de su facturación total.

Ayuda

Subvención a fondo perdido con una intensidad a tipo fijo del 60% del gasto subvencionable y un importe máximo por beneficiario de 30.000 euros

Ayuda con carácter de minimis. Reglamento (UE) Nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.

Requisitos

Los recogidos en el artículo 3 de la Orden y específicamente en esta convocatoria:

  • Proyecto no iniciado o no ejecutado y pagado en más de un 40% antes de la fecha de presentación de la solicitud.

  • El proyecto de internacionalización deberá contemplar actuaciones correspondientes a un mínimo de dos categorías de gastos subvencionables y por un importe total mínimo de 10.000 euros.

  • No serán subvencionables los proyectos referidos a un país que ha sido objeto de ayuda en más de dos ocasiones en convocatorias precedentes del Programa de ayudas.

  • El plazo de realización de los proyectos aprobados será el comprendido entre el 1 de enero de 2025 y hasta 12 meses desde la notificación de la resolución de concesión de ayuda.

Costes elegibles

Se considerarán costes subvencionables de los previstos en el apartado 2 del artículo 7 de la Orden, los comprendidos en las categorías a), b) y c), que resulten necesarios y estén debidamente justificados en el plan de internacionalización aprobado.

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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