Ayudas INFO para la contratación de servicios de Innovación y Competitividad (CHEQUE TIC)
Con este programa de ayudas se pretende fomentar la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en el ámbito de las TIC, incluidos en la categoría B. Servicios TIC ("Cheque TIC") del Catálogo de Servicios de Innovación y Competitividad del Instituto de Fomento de la Región de Murcia (disponible en la página web www.institutofomentomurcia.es)
Plazo de presentación de solicitudes: la solicitud de ayuda se podrá presentar telemáticamente, desde las 9:00 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta las 23:59 horas del día 19 de diciembre de 2025.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA ESPECIAL DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.
En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.
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| Nombre Programa | PROGRAMA PARA INCENTIVAR LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD. CHEQUE TIC | |
|---|---|---|
| Convocatoria |
Publicada en BORM nº249 de 27 de octubre de 2025 |
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| Objeto y Beneficiarios | Los beneficiarios de la convocatoria son las PYMES (autónomos y personas jurídicas), de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, que desarrollen las actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Se priman aquellos proyectos presentados por solicitantes cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente y Sostenible de la Región de Murcia 2021-2027 (RIS4 Región de Murcia, www.ris4regiondemurcia.es). Cumpliendo las condiciones del párrafo anterior, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes aun careciendo de personalidad jurídica. Es objeto de esta convocatoria, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, es incentivar la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en el ámbito de las TICs. Los servicios que podrán ser subvencionados y que, serán contratados a proveedores externos para desarrollarlos, son los previstos en este apartado (ver Catálogo de Servicios de innovación y Competitividad para una descripción completa):
La descripción, los requisitos y la cuantía máxima de subvención para estos servicios podrán consultarse en el Catálogo disponible en el apartado de Descargas de este programa. Para determinar el número de empleados que figura en los requisitos particulares para algunos servicios del Catálogo se tendrá en cuenta la plantilla media del año natural anterior a la convocatoria y, en el caso de sociedades u otras personas jurídicas constituidas (o autónomos que inicien su actividad) en el año de la convocatoria, certificado de plantilla media desde la fecha de constitución o inicio de la actividad, según alta en el IAE, hasta la fecha de publicación de la convocatoria. |
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| Ayuda | Subvención a fondo perdido con una intensidad que será a tipo fijo del 70%, que se incrementará en 15 puntos porcentuales para beneficiarios cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente y Sostenible de la Región de Murcia 2021-2027 (RIS4 Región de Murcia), sobre los costes elegibles. Duración del Proyecto: El beneficiario de las ayudas contará con un plazo para la ejecución del proyecto aprobado, que abarca desde la presentación de la solicitud de subvención hasta un año a partir de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda. |
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| Requisitos | Los propios del régimen de minimis. En ningún caso serán subvencionables aquellos costes recurrentes, permanentes o periódicos, ni que formen parte de los gastos de explotación normales de la empresa. Proyecto no iniciado en el momento de presentación de la solicitud. |
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| Costes elegibles |
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| Socilitar más información | Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es Teléfono: 900 700 706 Instituto de Fomento de la Región de Murcia |
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Tutorial Solicitud de Ayuda
Tutorial Solicitud de Cobro
Trámites para esta Ayuda
Descargas para Solicitar Ayuda
Descargas para Solicitar Cobro
Otras descargas
Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h
en el teléfono 900 700 706.
También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.
Para otras consultas llama al 968 362800.
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