Cheque de Innovación
Programa que tiene como finalidad la de fomentar el uso de servicios de innovación catalogados por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia y prestados por proveedores acreditados a pymes con escasa o nula experiencia en el ámbito de la innovación empresarial. El Cheque de Innovación pretende ser un medio ágil que permita a las pymes no iniciadas o con poca experiencia en la adquisición de servicios externos de innovación, dar los primeros pasos para innovar en producto, proceso, o en sus métodos de gestión y organización. Es, por tanto, un medio de pago que la PYME beneficiaria deberá endosar al proveedor que le ha prestado los servicios de innovación subvencionados como parte del pago de la factura emitida por éste.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA
ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 20 DE OCTUBRE DE 2010
Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.
En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.
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Nombre Programa | AYUDAS DEL INSTITUTO DE FOMENTO PARA INCENTIVAR EL USO DE SERVICIOS DE INNOVACIÓN POR LAS PYMES REGIONALES "CHEQUE DE INNOVACIÓN" | |
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Convocatoria | Publicada en BORM nº124 de 01 de junio de 2010 | |
Objeto y Beneficiarios | Incentivar a las pymes, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia, para la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica incluidos en el Catálogo de Servicios de Innovación del Instituto de Fomento de la Región de Murcia. |
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Ayuda | Subvención a fondo perdido del 85% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable aprobado. Dicha subvención será como máximo de 5.100 euros, anexándose en la notificación de concesión un Cheque de Innovación que será entregado por el beneficiario al proveedor del servicio como parte del pago de los trabajos realizados. Ayuda con carácter de mínimis. El presente programa se rige y ampara en la Decisión de la Comisión, de 8 de junio de 2009, que aprueba la ayuda de Estado nº N 307/2009-España. |
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Requisitos |
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Costes elegibles |
Los servicios subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa. En ningún caso, se financiarán pruebas o análisis que no estén vinculados al proyecto subvencionado o que no sean imprescindibles para la obtención de los resultados del mismo. Quedan excluidos aquellos gastos en servicios no incluidos en el Anexo I de este programa. Los costes subvencionables serán, como máximo, por importe de 6.000 euros, salvo los límites establecidos de manera particular en cada servicio, y que se señalan en el Anexo I (apartado requisitos específicos). |
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Socilitar más información | Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es |
Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h
en el teléfono 900 700 706.
También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.
Para otras consultas llama al 968 362800.
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