Terremoto Lorca - Explotaciones Agrícolas y Ganaderas
Intensificar y complementar las ayudas a las empresas agrícolas y ganaderas contempladas en el artículo 16 del Real Decreto–Ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia mediante la reducción del coste financiero a las empresas, especialmente autónomos y pymes, que obtengan fondos provenientes del Instituto de Crédito Oficial destinados al restablecimiento de las actividades empresariales y a la reparación de los daños sufridos.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA ESPECIAL DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 30 DE DICIEMBRE DE 2011
Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.
En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.
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Nombre Programa | PROGRAMA DE AYUDAS A LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES A REALIZAR EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS COMO CONSECUENCIA DE DAÑOS PROVOCADOS POR LOS MOVIMIENTOS SÍSMICOS | |
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Convocatoria | Publicada en BORM nº148 de 30 de junio de 2011 | |
Objeto y Beneficiarios | Reducción del coste financiero a las empresas, especialmente autónomos y pymes, que obtengan fondos provenientes del Instituto de Crédito Oficial destinados al restablecimiento de las actividades empresariales y a la reparación de los daños sufridos. Empresas privadas pertenecientes al sector de la producción primaria de productos agrícolas y ganaderos, personas físicas y jurídicas, con independencia de su tamaño y radicadas en el municipio de Lorca. |
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Ayuda | Subvención de los puntos interés que deban abonar los prestatarios, hasta un máximo de dos, de los préstamos que obtengan de las Entidades Financieras mediadoras de fondos del Instituto de Crédito Oficial, con arreglo a lo previsto en los apartados de este Programa y en el artículo 16 del Real Decreto–Ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia. El importe de la ayuda descrita no podrá superar, en ningún caso, la cantidad de 7.500 euros. Las condiciones de los préstamos bonificados son las siguientes:
Ayuda con carácter de Mínimis agrícola, Reglamento (CE) nº 1535/2007 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, publicado en el DOCE de 21 de diciembre de 2007 (L 337/35 a L 337/41). |
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Requisitos |
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Costes elegibles | Activos fijos productivos nuevos que se precisen para reparar o reponer instalaciones y equipos agrícolas, forestales, ganaderos y de regadío, vehículos comerciales, maquinaria y locales de trabajo que se hayan visto dañados como consecuencia de los movimientos sísmicos. |
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Socilitar más información | Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es |
Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h
en el teléfono 900 700 706.
También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.
Para otras consultas llama al 968 362800.
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