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Investigación y Desarrollo Tecnológico (CERRADA)

Programa para apoyar proyectos empresariales de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva de la empresa con actuaciones de investigación industrial y desarrollo experimental.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2015

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE AYUDA A LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO
Convocatoria Publicada en BORM nº95 de 27 de abril de 2015
Objeto y Beneficiarios

Es objeto de este Programa el desarrollo por parte de las PYMES de la Región de proyectos de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva de la empresa con actuaciones de investigación industrial y desarrollo experimental.

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en las presentes Bases exclusivamente las PYMEs cuya actividad se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. También podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica.

Ayuda

Subvención a fondo perdido del proyecto, con intensidades de ayuda que no podrán exceder del 70% de los costes subvencionables en actividades calificadas como de investigación industrial, y del 45% en el caso de actividades de desarrollo experimental. La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento no podrá exceder de 150.000 euros por beneficiario y 84.000 euros por proyecto.

En los proyectos se valorará:

  1. La colaboración con organismos públicos o privados de investigación e innovación (hasta +20%).

  2. El grado de innovación del proyecto (hasta +15%).

  3. El riesgo tecnológico del proyecto (hasta +15%).

  4. Que el solicitante sea una pequeña (+20%) o mediana (+10%) empresa.

En el caso de que el proyecto forme parte de una ERA-NET (proyectos europeos cooperativos) en la que participe el Instituto de Fomento, la subvención alcanzará los el 50 % de los costes subvencionables en actividades calificadas como de investigación industrial, y del 25 % en el caso de actividades de desarrollo experimental, más un incremento de 10 % en el caso de las medianas empresas, y del 20 % en el caso de las pequeñas empresas.

Requisitos
  1. Tramitación y notificación exclusivamente electrónica.

  2. Proyecto no iniciado a fecha de solicitud.

  3. Que el proyecto esté comprendido en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.carm.es/ris3).

  4. Los objetivos del proyecto deben estar ligados a objetivos industriales y comerciales de la empresa. El proyecto terminará con la aplicación empresarial de los resultados de actividad de Investigación Industrial y/o Desarrollo Experimental.

  5. Que el proyecto presente una componente innovadora y/o tecnológica predominante o un incremento de la competitividad de la empresa.

  6. Los trabajos realizados por el personal investigador, técnicos y demás personal auxiliar del laboratorio o del departamento de I+D deberán realizarse en el Centro de Trabajo ubicado en la Región y el personal dado de alta en dicho centro.

  7. En caso de prototipos que vayan a destinarse a uso industrial o comercializarse, sus costes de ejecución o fabricación no serán subvencionables en ningún caso.

  8. Que el proyecto tenga un presupuesto máximo subvencionable de 150.000 euros.

Costes elegibles
  • Costes de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), siempre y cuando el gasto esté dedicado al proyecto.

  • Costes de instrumental y material, en la medida y durante el periodo en el que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.

  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. Estos costes serán subvencionables hasta el límite del 70 % de los costes subvencionables totales del proyecto.

  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que deriven directamente del proyecto. Estos costes no podrán exceder del 20% del coste total del proyecto.

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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