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Ayudas INFO para la Transferencia de Tecnología y Conocimiento (programa ConecTTa) (CERRADA)

Este programa está destinado a estimular la primera conexión de grupos consolidados de organismos de investigación con empresas regionales, con el fin de aplicar el conocimiento y la tecnología generados por dichos grupos de investigación en proyectos empresariales de desarrollo experimental, cofinanciadas por el FEDER.

Plazo de presentación de solicitudes: La solicitud de ayuda se podrá presentar telemáticamente, desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BORM hasta transcurridos cuatro (4) meses después, ambos inclusive.

Bases Reguladoras:Orden de 15 de marzo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a fomentar el primer contacto empresarial con organismos de investigación para la transferencia de tecnología y de conocimiento (Programa conecTTa) cofinanciadas por el Feder.

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA PREVISTA EN EL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 19 DE ENERO DE 2018

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE AYUDAS A LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA Y CONOCIMIENTO (PROGRAMA CONECTTA)
Convocatoria Publicada en BORM nº217 de 19 de septiembre de 2017
Objeto y Beneficiarios

Es objeto de este programa de transferencia de tecnología y de conocimiento estimular la primera conexión de grupos consolidados de organismos de investigación con empresas regionales, con el fin de aplicar el conocimiento y la tecnología generados por dichos grupos de investigación en proyectos empresariales de desarrollo experimental.

Podrán ser beneficiarias del presente programa las entidades descritas en el artículo 2 de esta Orden. Sin perjuicio de lo anterior, la convocatoria podrá concretar, de acuerdo con las bases reguladoras, el sector de actividad, el número de empleados o la cifra de negocio, que deban reunir las empresas para acogerse a la correspondiente convocatoria, sin perjuicio de las limitaciones previstas en el artículo 2.

Ayuda

La intensidad de ayuda no podrá exceder del 45 % de los costes subvencionables en actividades calificadas como desarrollo experimental, con una cuantía máxima de subvención de 8.000 euros.

Finalmente, si el solicitante es pequeña empresa se añadirán 20 puntos porcentuales, o 10 puntos en el caso de mediana empresa.

El cálculo descrito anteriormente, puede resumirse de la siguiente manera:

Actividades de desarrollo experimental (DE)
CALIDAD CIENTÍFICO-TÉCNICA DE LA PROPUESTAHasta 25%
Objetivos identificados, grado de novedad y relevancia para la empresa y su posicionamiento en el sector. Se evaluará la repercusión económica/social prevista por la aplicación del resultado del proyecto, valorando especialmente las previsiones de internacionalización, incremento en las ventas y la mejora de la productividad o la competitividad de la empresa.
Alta+25%
Media+20%
RIS3Mur (este criterio se aplicará en la medida que no se supere el 25% cuando se acumule a lo calculado en el criterio anterior)+5%
EL SOLICITANTE ES
Pequeña empresa+20%
Mediana empresa+10%

Con cargo a esta Orden, un beneficiario sólo podrá obtener una única subvención.

Requisitos
  1. No haber iniciado el proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.

  2. Que el proyecto presente una componente innovadora y/o tecnológica predominante o un incremento de la competitividad de la empresa.

  3. Que la empresa solicitante no haya colaborado con ningún organismo de investigación con anterioridad a la solicitud de la ayuda, es decir, que la empresa solicitante no haya tenido ningún vínculo comercial ni haya sido cliente con carácter previo con cualquier organismo de investigación, para lo que el solicitante deberá aportar una declaración jurada según modelo que se facilitará al efecto.

  4. Los objetivos del proyecto deben estar ligados a objetivos industriales y comerciales de la empresa, debiendo justificarse su orientación a mercado en la memoria presentada.

  5. Los prototipos o proyectos piloto que se destinen a usos comerciales y que resulten demasiado costosos producirlos para utilizarlos solamente a efectos de demostración y validación, deberá deducirse del total de la inversión subvencionable todo ingreso derivado de la venta de dicho prototipo.

  6. No podrán ser beneficiarias aquellas empresas surgidas de organismos de investigación.

  7. Los trabajos deberán estar realizados por grupos de investigación que demuestren una actividad investigadora propia en las tecnologías o conocimientos que se vayan a aplicar en el proyecto empresarial.

Costes elegibles

Los costes elegibles de este programa serán los servicios de investigación contractual realizados por un organismo de investigación para llevar a cabo un proyecto de desarrollo experimental, según la definición incluida en el objeto del programa.

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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