Ayudas INFO para el apoyo a empresas a través del sistema de garantías. Línea COVID19 (CERRADA)
Plazo de presentación de solicitudes:la solicitud de subvención se podrá presentar telemáticamente, desde las 9 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM hasta el 29 de octubre de 2021.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA PREVISTA DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA.
ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 23:59 HORAS DE 31 DE OCTUBRE DE 2021
Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.
En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.
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Nombre Programa | PROGRAMA A EMPRESAS PARA CUBRIR NECESIDADES DE CIRCULANTE A TRAVÉS DEL SISTEMA DE GARANTÍAS DERIVADAS DE LA PANDEMIA COVID-19 | |
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Convocatoria | Publicada en BORM nº175 de 31 de julio de 2021 | |
Objeto y Beneficiarios | El objetivo es que las empresas de la Región puedan cubrir necesidades de circulante para paliar los efectos económicos sufridos a consecuencia de la pandemia del COVID-19. Empresas, personas físicas y jurídicas comprendidas en la definición de PYME, que se enfrentan a una falta de liquidez o a otro tipo de perjuicios significativos a raíz del brote de COVID-19, que tengan centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, siempre que su sede social esté en España, y dedicadas a cualquier sector de actividad que cuenten con una operación formalizada de préstamo con la entidad financiera y de aval con una sociedad de garantía recíproca. |
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Ayuda | Subvención calculada sobre el coste del aval establecido en el contrato de aval entre el beneficiario y la sociedad de garantía recíproca del 1% anual sobre el saldo vivo y hasta el plazo máximo de la vigencia del aval. Para el cálculo del importe de las comisiones no devengadas se utilizará una tasa de actualización al tipo de 0,65 por ciento. La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario, no podrá exceder de 30.000 euros sin limitaciones en cuanto a importe del aval o plazo del mismo. |
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Socilitar más información | Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es |
Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h
en el teléfono 900 700 706.
También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.
Para otras consultas llama al 968 362800.
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