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Cheque de Innovación (CERRADA)
Cheque de Innovación (CERRADA)
Programa que tiene como finalidad mejorar la productividad y competitividad de las empresas mediante la aplicación de conocimientos y nuevas técnicas en el ámbito de la innovación empresarial.
El Cheque de Innovación pretende ser un medio ágil que permita a las pymes no iniciadas o con poca experiencia en la adquisición de servicios externos de innovación, dar los primeros pasos para innovar en producto, proceso, o en sus métodos de gestión y organización.
Al amparo de las Bases reguladoras, los servicios serán realizados por proveedores acreditados por el Instituto de Fomento, que ofrecen servicios habituales a empresas en el ámbito de la innovación, y que cuenten con personal que acredite la capacidad y experiencia suficientes para realizarlos. A tal fin, se establece un procedimiento de adhesión (Apartado 3 del Anexo 1) que finalizará, en su caso, en la acreditación de la entidad proveedora y del personal competente de la misma para prestar dichos servicios.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA ESPECIAL DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 30 DE OCTUBRE DE 2015
Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE
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Nombre Programa |
PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INNOVACIÓN ("CHEQUE DE INNOVACIÓN") |
Convocatoria |
Publicada en BORM nº95 de 27 de abril de 2015
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Objeto y Beneficiarios |
Incentivar a las pymes, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia, para la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en el ámbito de la innovación, catalogados por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia y prestados por proveedores acreditados. En concreto:
Código | Servicio | Requisitos específicos |
Servicios de innovación en la gestión y organización |
A1G1-1 | Plan estratégico de innovación | El coste subvencionable máximo será de 6.000 euros. |
A1G1-2 | Reingeniería de procesos empresariales | El coste subvencionable máximo será de 6.000 euros. |
A1G1-4 | Planificación Estratégica para la introducción del diseño | El coste subvencionable máximo será de 6.000 euros. |
Servicios de capacitación para la innovación |
A2G1-1 | Capacitación en gestión de la I+D+i | El coste subvencionable máximo será de 6.000 euros. |
A2G1-4 | Implantación y certificación de un Sistema de Gestión de la I+D+i según la Norma UNE 166002 | El coste subvencionable máximo será de 9.000 euros. |
Servicios de financiación a la I+D+i |
A3G1-1 | Gestión de la participación en programas nacionales de ayudas a la I+D+i en cooperación | El coste subvencionable máximo será de 6.000 euros. |
A3G1-3 | Captación de capital | El coste subvencionable máximo será de 6.000 euros. |
Servicios de innovación tecnológica |
A4G2-1 | Plan de Optimización de los procesos productivos y auxiliares | El coste subvencionable máximo será de 12.500 euros. |
A4G3-3 | Ingeniería de producto | El coste subvencionable máximo será de 12.500 euros. |
A4G4-1 | Diagnóstico y Plan de mejora energético | El coste subvencionable máximo será de 6.000 euros. |
Servicios fiscales y legales |
A5G1-2 | Protección de la innovación: Solicitud de patentes y modelos de utilidad | El coste subvencionable máximo será de 9.000 euros. |
A5G4-1 | Aplicación de incentivos y deducciones fiscales por actividades de I+D+i | El coste subvencionable máximo será de 6.000 euros, pudiendo ampliarse el máximo a 9.000 euros si incluye la certificación del proyecto. |
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Ayuda |
Subvención a fondo perdido de hasta el 80% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable aprobado. Dicha subvención será como máximo de 10.000 euros, anexándose en la notificación de concesión un Cheque de Innovación que será entregado por el beneficiario al proveedor del servicio como parte del pago de los trabajos realizados.
Ayuda con carácter de mínimis.
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Requisitos |
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No haber iniciado el proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.
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Aportación mínima del 20% del beneficiario destinada a la financiación del proyecto, mediante recursos no subvencionados.
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El proyecto se deberá enmarcar en ámbitos de actividad o tecnologías contempladas en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de la Región de Murcia (www.carm.es/ris3).
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La solicitud se acompañará de un documento que justifique la necesidad e impacto del proyecto presentado, según modelo publicado en la página web del Instituto de Fomento (http://www.institutofomentomurcia.es/web/innova/cheque).
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El proveedor de los servicios debe estar acreditado por el Instituto de Fomento, para lo cual, deberá seguir el procedimiento de adhesión previsto en este Programa (apartado 3).
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El servicio contratado por la pyme solicitante deberá estar comprendido en la lista de servicios que se incluye en el apartado 1 del presente programa. La prestación del servicio por proveedor acreditado se realizará conforme las características técnicas mínimas (estructura, contenidos, etc.) recogidas en el Catálogo de Servicios de Innovación del Instituto de Fomento.
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Dado que el Cheque de Innovación está dirigido a aquellas empresas con escasa o nula experiencia en la contratación de servicios en el ámbito empresarial para el que se solicita la ayuda, no serán admitidas aquellas solicitudes presentadas por empresas que hayan recibido ayudas en los tres ejercicios anuales anteriores o en el corriente al que se solicite la subvención, a través de cualquiera de los programas propios del Instituto de Fomento, o que gestiona esta Entidad, para proyectos en materia o ámbito similar al presentado. Asimismo, no podrán ser beneficiarias aquellas empresas que hayan recibido un reconocimiento público por sus actividades en I+D+i en materia o ámbito similar al presentado con anterioridad a la solicitud para los fines solicitados a través de cualquier tipo de publicidad, escrito o publicación.
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Tramitación y notificación exclusivamente electrónica.
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Costes elegibles |
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Gastos de asesoramiento y asistencia técnica adaptada a la empresa beneficiaria para alcanzar los objetivos del programa, contratados en su totalidad a proveedores acreditados por el Instituto de Fomento para la prestación de servicios de innovación definidos en el Apartado 1 de este programa.
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Los costes subvencionables tendrán, como máximo, un importe de 12.500 euros (véase tabla de servicios).
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Socilitar más información |
Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es Teléfono: 900 700 706 Instituto de Fomento de la Región de Murcia
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