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Ayudas INFO a la internacionalización de las empresas 2024

Programa que tiene como finalidad apoyar a las empresas de la Región de Murcia para la realización de proyectos el ámbito de la internacionalización empresarial, a través de acciones dirigidas a mejorar su posicionamiento en mercados exteriores y facilitar el acceso a los mercados internacionales de sus productos y servicios, así como el aseguramiento de sus cadenas de suministro globales, a través de importaciones estratégicas, mediante el apoyo a las acciones incluidas en sus planes de internacionalización, destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto, incluyendo entre ellas la participación en ferias, eventos expositivos y promocionales de carácter internacional eventos expositivos, acciones de marketing internacional, participación en procesos de contratación pública internacional, registro de marcas, patentes y propiedad industrial, y puesta en marcha de oficinas de representación en el exterior.

Plazo de presentación de solicitudes: La solicitud de ayuda se podrá presentar telemáticamente, desde las 9 horas del día siguiente de la publicación de la convocatoria y hasta el 31 de diciembre de 2024 o agotamiento del presupuesto.

Bases Reguladoras: Orden de 22 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Modificación Bases Reguladoras: Orden de 23 de abril de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

SUBVENCIONES CON ARREGLO AL RÉGIMEN DE CONCESIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 22 DE LA LEY 7/2005 DE 18 DE NOVIEMBRE DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

ESTA CONVOCATORIA PERMANECERÁ ABIERTA DESDE LAS 09:00 HORAS DE 05 DE JUNIO DE 2024 HASTA LAS 23:59 HORAS DE 31 DE DICIEMBRE DE 2024

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE AYUDAS A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS
Convocatoria Publicada en BORM nº128 de 04 de junio de 2024
Objeto y Beneficiarios

Con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la CARM, concesión de subvenciones a las empresas de la Región de Murcia que desarrollen proyectos en el ámbito de la internacionalización empresarial, a través de acciones dirigidas a mejorar su posicionamiento en mercados exteriores y facilitar el acceso a los mercados internacionales de sus productos y servicios, así como el aseguramiento de sus cadenas de suministro globales, a través de importaciones estratégicas, mediante el apoyo a las acciones incluidas en sus planes de internacionalización, destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto.

Podrán ser beneficiarios PYMES, autónomos y personas jurídicas, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca y a la acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del tratado de la UE.

Sólo podrán solicitar estas ayudas aquellas empresas cuyo volumen de exportación, entendiendo por tales las entregas extracomunitarias, en el año anterior a la convocatoria no rebase el 50% de su facturación total.

Ayuda

Subvención a fondo perdido con una intensidad a tipo fijo del 60% del gasto subvencionable y un importe máximo por beneficiario de 60.000 euros

Ayuda con carácter de minimis. Reglamento (UE) Nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.

Requisitos
  • Proyecto no iniciado o no ejecutado y pagado en más de un 60% antes de la fecha de presentación de la solicitud.

  • No se considerarán elegibles aquellos proyectos que impliquen un desplazamiento o sustitución de una instalación existente en la Región de Murcia o una disminución de su plantilla en la Región de Murcia como consecuencia de la implantación en el exterior de la beneficiaria.

  • El proyecto de internacionalización deberá contemplar actuaciones correspondientes a un mínimo de dos categorías de gastos subvencionables y por un importe total mínimo de 10.000 euros.

  • No serán subvencionables los proyectos referidos a un país que ha sido objeto de ayuda en más de dos ocasiones en convocatorias precedentes del Programa de ayudas.

  • Para el cálculo de la ayuda el solicitante deberá informar de otras ayudas con el carácter de minimis que haya obtenido durante los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

  • Los beneficiarios deberán adoptar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos previstos en el artículo 50 del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.

Costes elegibles
  1. Costes derivados de los desplazamientos de una persona de la empresa a los mercados objetivo para la realización de las acciones contempladas en su plan de internacionalización

  2. Costes vinculados a la participación, de forma agrupada o individual, en ferias, eventos expositivos y promocionales de carácter internacional, demostraciones de producto, presentaciones, temporary shops, desfiles, festivales, certámenes, exposiciones, jornadas técnicas, degustaciones, catas, promociones en punto de venta o similares, encuentros internacionales b2b u otros eventos de similar naturaleza.

  3. Costes relacionados con las acciones de marketing internacional.

  4. Gastos de registro de marcas y patentes, propiedad industrial, registros sanitarios, certificación de productos y similares en los mercados objetivo del plan de internacionalización.

  5. Compra de pliegos y traducción de documentos directamente relacionados con procesos de contratación pública internacional convocados oficialmente por entidades públicas extranjeras o instituciones multilaterales.

  6. Costes derivados de la puesta en marcha de una oficina de representación en el exterior.

  7. Costes indirectos, calculados como el 5% de la suma de los costes aprobados y comprobados.

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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