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Ayudas INFO de apoyo a los centros tecnológicos para la realización de actividades I+D de carácter no económico. Modalidad 2

Este programa está dirigido a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia para la realización de actividades no económicas que favorezcan su consolidación y crecimiento, y potencien la colaboración entre ellos y con el resto de agentes del ecosistema regional de I+D+i, con el fin de alcanzar mayores niveles de excelencia y especialización que redunden en última instancia en un mejor servicio al tejido empresarial de la Región de Murcia.

Se establecen dos Modalidades de actividades no económicas subvencionables:

MODALIDAD 1 - Proyectos I+D independiente: consiste en la ejecución de proyectos de investigación y desarrollo propios, ya sean individuales o en cooperación con otros centros, con el fin de incrementar el conocimiento del centro tecnológico e incluirá aquellas acciones destinadas a la amplia difusión de resultados de las investigaciones de forma no discriminatoria y no exclusiva.

MODALIDAD 2 - Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D: este Programa favorecerá la identificación de necesidades de I+D en los sectores productivos de la Región de Murcia, el diseño y puesta en marcha de líneas de I+D que respondan a las necesidades detectadas y las actividades de transferencia de conocimiento y la cualificación y mejora de sus equipos de investigación.

Plazo de presentación de solicitudes: la solicitud de ayuda se podrá presentar telemáticamente en el plazo de dos meses, contando a partir de las 9:00 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM.

Bases Reguladoras: Orden de 26 de diciembre de 2017 (BORM nº 298, de 28 de diciembre de 2017), por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia destinadas a la realización de actividades de I+D de carácter no económico, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Modificación Bases Reguladoras: Orden de 18 de diciembre de 2018 por la que se modifica la Orden de 26 de diciembre de 2017 de la Consejería de Empleo, Universidades y Empresa por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a los centros tecnológicos de la Región de Murcia destinadas a la realización de actividades de I+D de carácter no económico, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PREVISTO EN EL CAPÍTULO I DEL TÍTULO I DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 03 DE MARZO DE 2020

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE AYUDAS DIRIGIDAS A CENTROS TECNOLÓGICOS DE LA REGIÓN DE MURCIA DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES I+D DE CARÁCTER NO ECONÓMICO. MODALIDAD 2
Convocatoria Publicada en BORM nº1 de 02 de enero de 2020
Objeto y Beneficiarios

Este programa está dirigido a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia para la realización de actividades no económicas que favorezcan su consolidación y crecimiento, y potencien la colaboración entre ellos y con el resto de agentes del ecosistema regional de I+D+i, con el fin de alcanzar mayores niveles de excelencia y especialización que redunden en última instancia en un mejor servicio al tejido empresarial de la Región de Murcia.

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en las presentes Bases los Centros Tecnológicos, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sean PYMES con arreglo a la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  • Que sean asociaciones empresariales privadas.
  • Que estén válidamente constituidos en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
  • Que desarrollen las actividades no económicas dentro del ámbito geográfico de Región de Murcia, mediante un centro de trabajo en la Región de Murcia.
  • Que ostenten la condición de organismo de investigación y difusión del conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.ris3mur.es), siempre que se encuadren en el objeto, requisitos y costes elegibles del programa específico anexo a esta Orden.
Ayuda

Subvención a fondo perdido del 100% de los costes elegibles aprobados y no podrá exceder de:

  • 575.000 euros por beneficiario y convocatoria para la Modalidad 1.
  • 70.000 euros por beneficiario y convocatoria para la Modalidad 2.
Requisitos
  1. Los proyectos de I+D independiente deberán presentar una componente innovadora y/o tecnológica predominante, y tendrán un alto potencial de transferibilidad al tejido empresarial regional.

  2. Las actividades no económicas subvencionadas deberán estar comprendidas en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.ris3mur.es).

  3. Los planes de difusión y promoción, tanto de los resultados de los proyectos de I+D independiente aprobados como del Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D, deberán materializarse necesariamente antes de la presentación de la cuenta justificativa y contemplarán al menos la creación de un acceso público a través de la web del Centro beneficiario donde se pueda acceder a los resultados de las actividades subvencionadas, que se comunicará al Instituto de Fomento de la Región de Murcia, así como una difusión lo más amplia posible a través de los medios habituales que utiliza el Centro.

  4. Los proyectos de I+D colaborativos deberán sustentarse en un acuerdo de colaboración suscrito por los participantes, que será aportado en la cuenta justificativa por el Centro coordinador.

  5. Los proyectos y actividades subvencionables no podrán estar finalizadas en el momento de la presentación de la solicitud de subvención.

Costes elegibles

MODALIDAD 1: PROYECTOS I+D INDEPENDIENTE: los costes elegibles de cada uno de los proyectos deberán ser superiores a 50.000 euros e inferiores a 150.000 euros.

Serán elegibles los siguientes costes:

  1. Los costes directos del personal investigador y del personal que desarrollen labores técnicas en los proyectos subvencionados, que tengan un contrato laboral con el Centro beneficiario diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena.

  2. El criterio de imputación de costes indirectos será de tipo del 25% de los costes directos subvencionables excluyendo los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a los proyectos subvencionados.

  3. Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a los proyectos subvencionados.

  4. Gastos de amortización correspondientes a las inversiones en equipamiento de experimentación y para el desarrollo de prototipos precompetitivos asociados a los proyectos I+D, así como adaptaciones especiales necesarias para la instalación de los mismos.

  5. Capacitación del personal técnico e investigador vinculada a los proyectos de I+D independiente subvencionados con un máximo del 10% de los costes directos de personal subvencionables.

  6. Gastos de los materiales empleados en el proyecto (materias primas y otros aprovisionamientos) utilizados en la ejecución de los proyectos de I+D independiente subvencionados con un máximo del 15% de los costes directos de personal subvencionables.

  7. Los gastos de viajes, manutención, alojamiento y locomoción vinculados a los proyectos de I+D independiente subvencionados con un máximo del 10% de los costes directos de personal subvencionables.

Socilitar más información

Correo Electrónico: innovacion@info.carm.es
Teléfono: 900 700 006
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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