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Ayudas a Empresas para Investigación y Desarrollo (CERRADA)

Programa para apoyar proyectos empresariales de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva de la empresa con actuaciones de investigación industrial y desarrollo experimental.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 10 DE ABRIL DE 2017

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE AYUDAS DIRIGIDAS A EMPRESAS DESTINADAS A FOMENTAR LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
Convocatoria Publicada en BORM nº284 de 09 de diciembre de 2016
Objeto y Beneficiarios

Es objeto de este Programa el desarrollo por parte de las PYMES de la Región de proyectos de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva de la empresa con actuaciones de investigación industrial y desarrollo experimental.

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en las presentes Bases exclusivamente las PYMEs cuya actividad se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. También podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica.

Ayuda

Subvención a fondo perdido del presupuesto del proyecto. La intensidad de ayuda no podrá exceder del 70 % de los costes subvencionables en actividades calificadas como de investigación industrial, y del 45 % en el caso de actividades de desarrollo experimental, conforme al baremo publicado en las bases de esta ayuda.

Requisitos
  1. No haber iniciado el proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.

  2. Que el proyecto presente una componente innovadora y/o tecnológica predominante o un incremento de la competitividad de la empresa.

  3. Los objetivos del proyecto deben estar ligados a objetivos industriales y comerciales de la empresa, debiendo justificarse su orientación a mercado en la memoria presentada

  4. Los trabajos realizados por el personal investigador, técnicos y demás personal auxiliar de laboratorio o del departamento de I+D deberán realizarse en el Centro de Trabajo ubicado en la Región de Murcia y el personal deberá estar dado de alta en la cuenta de cotización correspondiente a dicho centro, lo cual deberá acreditarse en el momento de la solicitud.

  5. En caso de prototipos que vayan a destinarse a uso industrial, sus costes de ejecución o fabricación no serán subvencionables en ningún caso.

  6. En el supuesto de actividades de desarrollo experimental, los prototipos o proyectos piloto que se destinen a usos comerciales y que resulten demasiado costosos producirlos para utilizarlos solamente a efectos de demostración y validación, todo ingreso derivado de la venta de dicho prototipo, deberá deducirse del total de la inversión subvencionable.

  7. En el caso de empresas cuya actividad habitual sea la realización de proyectos de investigación o desarrollo tecnológico y que, en consecuencia, la actividad comercial de la misma consista en la venta de estos proyectos a terceros, no se admitirán dichos proyectos. Esta objeción se realiza sin perjuicio de que estas empresas puedan presentar proyectos de I+D para la mejora de sus procesos internos y para el desarrollo de prototipos y nuevos productos en los que el coste de desarrollo no constituya también el coste interno de producción

Costes elegibles
  • Los costes directos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Para su cálculo se considerará salario bruto más cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa durante el tiempo que esté dedicado al proyecto de investigación. Todo ello incrementado en un 15% correspondiente a la imputación de costes indirectos del beneficiario de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1.b) del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013.

  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a las actividades de investigación y desarrollo. El importe de estos costes no podrá superar el 50 % del total de los costes subvencionables totales del proyecto. En su caso, el importe que supere dicho límite no resultará elegible.

Los costes elegibles del proyecto deberán estar comprendidos entre un mínimo de 50.000 y un máximo de 150.000 euros que podrá llegar hasta 300.000 euros en casos de proyectos en cooperación (dos o más empresas).

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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