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Ayudas INFO para la contratación de servicios de Innovación (CHEQUE TIC CIBERSEGURIDAD)

Este programa está destinado a incentivar a las pymes de la Región de Murcia, para la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica incluidos en el Catálogo de Servicios de Innovación del Instituto de Fomento de la Región de Murcia (este documento está disponible en la página web http://www.institutofomentomurcia.es/web/innova/cheque)

Los servicios serán realizados por proveedores acreditados por el Instituto de Fomento, que ofrecen servicios habituales a empresas en el ámbito de las TIC, y que cuenten con personal que acredite la capacidad y experiencia suficientes para realizarlos. A tal fin, se establece un procedimiento de adhesión que finalizará, en su caso, en la acreditación de la entidad proveedora y del personal competente de la misma para prestar dichos servicios.

El solicitante de la ayuda podrá presentar su solicitud aun cuando el proveedor que haya elegido para la prestación de los servicios todavía no se encuentre en el listado de acreditados, especificándolo en su solicitud; el proveedor podrá a partir de ese momento iniciar el proceso de acreditación para ese servicio. Si resulta acreditado, se incorporará al listado de proveedores acreditados para dicho servicio; si no obtuviera la acreditación, se comunicará al solicitante de la ayuda dándole la opción de escoger a otro proveedor.

Plazo de presentación de solicitudes: la solicitud de subvención (y la de adhesión de proveedores) se podrá presentar telemáticamente desde las 9:00 horas del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BORM hasta transcurridos 2 meses desde dicha publicación.

Los proveedores acreditados para este servicio en las Convocatorias Cheque TIC 2017 (extracto publicado en BORM nº 292, el 20 de diciembre de 2017) y Cheque TIC 2018 (extracto publicado en BORM nº 267, el 19 de noviembre de 2018) no precisarán formular nueva solicitud de adhesión, siempre que no hayan perdido la condición de acreditado por las razones expuestas en el apartado 2 del Anexo de la Orden de 10 de enero de 2017, por la que se aprueban las Bases Reguladoras, y en consecuencia podrán resultar proveedores acreditados a efectos de esta convocatoria.

Bases Reguladoras: Orden de 10 de enero de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia para incentivar la contratación de servicios de innovación por las Pymes regionales (Cheque de innovación), cofinanciadas por el Feder.

Modificación Bases Reguladoras: Orden de 10 de marzo de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, por la que se modifica la Orden de 10 de enero de 2017, por la que se aprueba las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia para incentivar la contratación de servicios de innovación por las pymes regionales cheque de innovación, cofinanciadas por el Feder.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA ESPECIAL DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 06 DE JULIO DE 2020

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INNOVACIÓN ("CHEQUE TIC CIBERSEGURIDAD")
Convocatoria Publicada en BORM nº103 de 06 de mayo de 2020
Objeto y Beneficiarios

Incentivar a pymes, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Región de Murcia, para la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en el ámbito de las TIC, catalogados por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia y prestados por proveedores acreditados.

CATEGORÍA E : SERVICIOS TIC (CHEQUE TIC)

Código / ServicioTIC-12 - Planificación de proyectos de seguridad informática (Ciberseguridad)
Requisitos
  • Coste máximo subvencionable 6.000 euros (14.000 euros si se incluye implantación de la/s actuación/es identificadas)
  • Número de empleados igual o superior a 3
Ayuda

La intensidad máxima será del 60% en términos de subvención bruta sobre el gasto subvencionable aprobado, conforme al siguiente baremo:

Puntuación
CALIDAD TÉCNICA DE LA PROPUESTAHasta 6 puntos
Se valorará grado de innovación del proyecto que se va a desarrollar. Así como la metodología prevista para su desarrollo y la adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos.
Alta6 puntos
Media3 puntos
IMPACTO ECONÓMICO / SOCIAL PREVISTOHasta 4 puntos
Se evaluará la repercusión económica/social prevista por la aplicación del resultado del proyecto, valorando especialmente las previsiones de internacionalización, incremento en las ventas y la mejora de la productividad o la competitividad de la empresa.
Alto4 puntos
Medio2 puntos

que se incrementará en 15 puntos porcentuales para proyectos presentados por solicitantes cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS3Mur).

En cualquier caso, la cuantía máxima de subvención por beneficiario no podrá exceder de 10.500 euros con cargo a esta convocatoria, anexándose en la notificación de concesión un Cheque de Innovación que podrá ser entregado por el beneficiario al proveedor del servicio como parte del pago de los trabajos realizados.

Ayuda con carácter de Minimís

Requisitos
  1. No haber iniciado el proyecto.

  2. Aportación mínima del beneficiario del 25% del importe del servicio.

  3. La solicitud se acompañará de un documento que justifique la necesidad e impacto del proyecto presentado.

  4. El proveedor de los servicios debe estar acreditado por el Instituto de Fomento.

  5. Disponer la suficiente capacidad administrativa, financiera y operativa para la realización de los proyectos subvencionados.

  6. La ayuda acumulada de minimis a recibir por beneficiario en los dos ejercicios fiscales anteriores no podrá ser superior a 200.000 euros brutos.

Costes elegibles

Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos del programa, contratados en su totalidad a proveedores acreditados por el Instituto de Fomento.

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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